top of page
wave-texture.jpg

VISAS DE INMIGRANTE

Naturalización

Tu camino hacia la ciudadanía estadounidense comienza aquí. Permítenos guiarte a través del proceso de naturalización.

Convertirse en ciudadano estadounidense es un sueño hecho realidad para muchos extranjeros que desean vivir y trabajar en Estados Unidos, reunirse con su familia o tener un pasaporte estadounidense. Sin embargo, algunos de los requisitos pueden resultar bastante confusos y complicados.

Para poder optar a la naturalización, debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Debes tener al menos 18 años de edad al momento de presentar la solicitud.

  2. Haber sido residente permanente legal durante los últimos cinco años (o tres años si está adquiriendo la ciudadanía estadounidense a través del matrimonio con un ciudadano estadounidense).

  3. He vivido de forma continua en los Estados Unidos durante los últimos tres a cinco años;

  4. Leer, escribir y hablar inglés básico

  5. Ser capaz de demostrar buen carácter moral.

  6. Tener un conocimiento básico de la historia y el gobierno de los Estados Unidos.

  7. Jurar lealtad a la Constitución de los Estados Unidos

  8. Esté dispuesto a prestar el Juramento de Lealtad.

Tenga en cuenta que existen algunas excepciones para aquellos que buscan obtener la ciudadanía estadounidense a través del servicio militar.

Para mantener su estatus de Residente Permanente Legal (LPR, por sus siglas en inglés), usted, como ciudadano extranjero, debe vivir en los Estados Unidos y pasar un mínimo de 180 días al año en territorio estadounidense. Si sale de los Estados Unidos por más de 180 días al año, al regresar, es posible que se le solicite demostrar que el viaje fue de carácter temporal y que no tenía intención de renunciar a su tarjeta de residencia. Para demostrar su intención de permanecer como residente estadounidense por más de 180 días, es posible que se le solicite presentar comprobante de residencia o empleo, una copia de sus declaraciones de impuestos federales o estados de cuenta bancarios, y explicar el motivo de su ausencia prolongada. Si bien los requisitos son mucho más estrictos para quienes pasan un año o más fuera de los Estados Unidos con estatus de LPR, podrían ser considerados inadmisibles al reingresar.

Si planea estar fuera de los Estados Unidos por más de un año, debe solicitar un Permiso de Reingreso con al menos 60 días de anticipación a su salida del país. Los permisos de reingreso no se pueden solicitar fuera de los EE. UU. Un permiso de reingreso le permite volver a ingresar al país después de haber estado fuera por más de un año, demostrando su intención de regresar. Los permisos de reingreso también son una excelente herramienta para demostrar la intención de mantener el estatus de residente permanente legal (LPR) cuando viaja al extranjero por más de 180 días al año. Algunos países incluso aceptan un permiso de reingreso en lugar de un pasaporte. Si bien no es necesario que esté físicamente presente en los EE. UU. cuando se apruebe la solicitud del permiso de reingreso, debe estar en el país al momento de presentar la solicitud y para la cita de datos biométricos, que generalmente se programa poco después de que el USCIS reciba su solicitud.

Tenga en cuenta que si se encuentra fuera de los Estados Unidos por más de un año y solicita con éxito un permiso de reingreso, conservará su estatus de residente permanente legal (LPR). Sin embargo, tardará más en ser elegible para la ciudadanía estadounidense. Esto se debe a que un permiso de reingreso no garantiza la residencia continua a efectos de la ciudadanía. Una solicitud de ciudadanía presentada demasiado pronto será denegada. En este caso, deberá esperar dos años y un día para ser elegible para la ciudadanía estadounidense si adquirió el estatus de residente permanente legal por matrimonio y aún está casado, o cuatro años y un día para todas las demás categorías, sujetas al período de espera de cinco años.

Una vez que cumpla con los requisitos para obtener la ciudadanía estadounidense y finalmente se convierta en ciudadano estadounidense, ya no tendrá que preocuparse por salir de los Estados Unidos por más de 180 días al año o un año completo, incluso si decide mudarse a otro país de forma permanente.

Tipos de visas de inmigrante

Tarjetas verdes basadas en la familia

Nuestro equipo está dedicado a hacer que el proceso de obtención de la tarjeta verde basada en la familia sea más fácil para usted.

Tarjetas verdes basadas en el empleo

Ofrecemos servicios personalizados para obtener tarjetas verdes basadas en empleo y otros tipos de visas.

Asilo

Defensa compasiva para quienes buscan seguridad: orientación experta para su proceso de solicitud de asilo.

Menor inmigrante especial

Ayudar a los niños vulnerables a conseguir un futuro seguro y estable a través de visas especiales para inmigrantes juveniles.

Naturalización

Guiándolo a través del camino hacia la ciudadanía estadounidense con asistencia experta en naturalización.

Víctimas de violencia doméstica y agresión sexual (VAWA)

Empoderar a los sobrevivientes de abuso con apoyo legal compasivo a través de visas VAWA.

Víctimas de trata de personas y otros delitos

Brindamos apoyo legal especializado a las víctimas de trata de personas y otros delitos que buscan protección y justicia.

OTROS VISAS

Visados de negocios

¿No busca la ciudadanía permanente? Las visas de no inmigrante no otorgan la residencia permanente ni la naturalización. Sin embargo, permiten al titular y a su familia vivir, estudiar y trabajar temporalmente en los Estados Unidos. Estas visas también pueden brindar tiempo para solicitar un cambio a una visa de inmigrante.

mujer-al-teléfono.jpg
Untitled.png

Contacta con nuestros expertos en inmigración.

Gestionar asuntos de inmigración no tiene por qué ser complicado. Tanto si desea reunirse con familiares que residen en el extranjero, trabajar y vivir en Estados Unidos, como si desea solicitar la residencia permanente o la ciudadanía, nuestros abogados altamente experimentados pueden ayudarle a elegir la mejor opción según sus necesidades específicas.

bottom of page